ESTRATEGIA DE INTERVENCION EN BULLYING DESDE UNA PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS
Abraham Magendzo K
Coordinador Cátedra UNESCO en EDH
Universidad Academia de Humanismo Cristiano
ONG : Fundación Ideas
Chile
Junio 2011
La intimidación o bullying es un hostigamiento permanente y reiterado de un estudiante, o un grupo de estudiantes, a otro estudiante o grupo. Se trata de una relación asimétrica de poder, en la cual el más débil no puede responder las agresiones del más fuerte (Magendzo, Toledo & Rosenfeld, 2004).Este fenómeno existe en los establecimientos educacionales, pero también con otros nombres se ve su ocurrencia en contextos laborales, al interior de las fuerzas armadas, en el ciberespacio, etc. La intimidación existe donde los sujetos mantienen interacciones durante un período prolongado de tiempo. Se trata un fenómeno transcultural (Smith & Levan, 1995), que se manifiesta de forma diferente según el contexto que lo enmarque.
La intimidación es una problemática vinculada con fenómenos tales como la intolerancia, la discriminación de cualquier tipo, la negación de la diversidad social y cultural, la incapacidad de reconocer al Otro/Otra como un legitimo Otro/Otra. Se asocia tanto a prejuicios como estereotipos, y al atropello de la dignidad de las personas.
Como es sabido, diversas y variadas estrategias de intervención se han desarrollado e implementado mundialmente para atender y prevenir el fenómeno del bullying escolar, tanto a nivel individual, a nivel de aula, como considerando un nivel holista que incluya a la escuela completa y a la comunidad. Existe un consenso casi unánime de que es necesario emplear estrategias integrales con un enfoque psicosocial para el abordaje de este complejo fenómeno, lo que de hecho implica coordinar todos los niveles anteriormente mencionados, involucrando así a los diversos actores que intervienen en la escuela, a saber: directivos, profesores, padres, estudiantes y personal de apoyo. Este consenso contraviene posturas de judicialización del bullying que, según nuestra perspectiva, no hacen sino vigorizar el modelo de la escuela autoritaria y punitiva, tan en boga históricamente en nuestro sistema educacional. Más aún, la judicialización del bullying significa exaltar y darle un alto status a un complejo y engorroso lenguaje jurídico-penal para el que la escuela no esta preparada y que la desafía en su más intima postura educativa.
Nuestra propuesta para atender y prevenir el bullying escolar es adoptar una Perspectiva de Derechos Humanos, que si bien no es una visión completamente original, viene a reforzar algunas iniciativas que al respecto ya se han elaborado, desde una mirada de la educación en derechos humanos. En efecto, Michaell Greene señala que “la adopción y la infusión de un marco referencial de derechos humanos aumenta la eficacia y la sustentabilidad en el tiempo de los programas de prevención del bullying en las escuelas”.
Además Greene es crítico frente a las leyes anti-bullying que actualmente existen, ya que éstas se centran exclusivamente en el agresor, y no promueven, por ende, un discurso sobre los derechos civiles, que ponga en relieve las normas subyacentes que producen o facilitan el ambiente hostil para que tales comportamientos violentos ocurran. En este sentido, el autor argumenta, esencialmente, que un clima positivo puede surgir si las leyes anti-bullying se invocasen como parte de una perspectiva más amplia de los derechos humanos. Por sobre todo, señala que las escuelas deben atender los motivos específicos que subyacen a las formas más frecuentes y graves de bullying escolar, por ejemplo, la raza, el origen nacional, la orientación sexual, el género, la apariencia física, cualquier tipo de discapacidad, y la clase social. Greene indica, además, que vincular la educación en derechos humanos sólo con aspectos normativos es una postura restrictiva y una mirada no integral u holística para el abordaje del fenómeno del bullying. De esta manera, una perspectiva de derechos humanos no sólo permite comprender todas las formas de bullying escolar como violaciones a los derechos humanos, sino que también sirve para movilizar a las escuelas y las comunidades en la atención y prevención del bullying. Más aún, una perspectiva de derechos humanos atiende explícitamente la intimidación basada en discriminaciones, intolerancias, prejuicios estereotipos, y las diversas formas de rechazo frente a la diversidad social y cultural.
Adicionalmente, la perspectiva de los derechos humanos que ha sido implementada en más de mil escuelas a partir del Proyecto de la UNICEF en Inglaterra, según el cual la intervención debiera consistir en enseñarles a los estudiantes sobre sus derechos y responsabilidades, probó que este tipo de abordaje reducía el bullying considerablemente y permitía además la mejora en las relaciones entre profesores y alumnos, favoreciendo así un clima escolar más calmado que favorecía el aprendizaje
Ahora bien, fundamentados en el trabajo que hemos emprendido por años en Chile y en América Latina en educación en derechos queremos, tal como ya lo hemos enunciado, levantar nuestra propuesta de atender y prevenir el bullying desde una perspectiva de la educación en derechos humanos. La educación en derechos humanos en América Latina goza ya de una historia que se remonta a la década de los ochenta del siglo pasado, teniendo sus antecedentes en la educación popular y en la teoría y la pedagogía crítica. En este sentido debemos reconocer que, pese a las dificultades y obstáculos que se han presentado, muchas veces debidos a contextos adversos, la educación en derechos humanos ha ido ganando terreno. Desde ya debemos hacer notar que los derechos humanos han sido incluidos legalmente al currículum de casi todos los países. Se evidencia en América Latina la existencia de un movimiento de reforma favorable a la inclusión de contenidos relacionados con los derechos humanos, que viene desarrollándose desde los años de recuperación de la democracia en la región y que de alguna manera ha presionado sobre las reformas educacionales y curriculares mismas. Adicionalmente, en el quehacer educativo en derechos humanos, se ha ido cristalizando un pensamiento y una serie de ideas fuerza que revelan la vitalidad que el tema tiene, aun en contextos y en sociedades bastante negadoras de derechos.
1. Fundamentación teórica
Establecer la relación que existe entre los derechos humanos y el fenómeno del bullying, como lo señala Michael Greene, permite abrir y comprender mejor este fenómeno, tanto desde el punto de vista teórico como práctico. Se pretende mostrar como los derechos humanos son una plataforma ético-ideológica sobre la cual se articula una estrategia de intervención, de prevención y atención del bullying.
Cabe señalar que la relación entre bullying y los derechos humanos ha sido poco abordada en la investigación y en la literatura especializada. Por sobre todo, existe un escasa comprensión de cómo una perspectiva de los derechos humanos es una forma integral y social para atender, prevenir y desarrollar acciones de intervención para mitigar el bullying en el ámbito escolar. Dan Olweus (2001), que es considerado mundialmente como el pionero del tema del bullying, acota que “es democráticamente fundamental y que es un derecho humano que un niño se sienta seguro en la escuela y que no tenga temor de la opresión repetida y la humillación intencional que implica la victimización de los pares o el bullying“ (pp11-12). En esta misma línea, el investigador inglés, Peter Smith (2002), hace ver que “el creciente interés que se observa respecto al bullying se explica por la progresiva toma de conciencia de los derechos que le asisten a las personas” (p.205). Sin embargo, Michael B. Greene comenta que ni Olweus y tampoco Smith han brindado mayor reflexión en torno a las implicancias de incorporar una perspectiva de derechos humanos como estrategia para prevenir el bullying.
Tal como ya se señaló , el bullying contraviene una serie de derechos humanos consignados en importantes instrumentos internacionales y nacionales referidos a los derechos humanos.
En efecto, el bullying transgrede principios fundantes de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH, 1948) que establece “que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” (Artículo 1). Sin duda, en el bullying hay un menoscabo a la dignidad de la persona y una incapacidad de proceder solidariamente con el Otro/Otra. Esto último es válido no sólo para el intimidador sino que igualmente para los testigos que presencian los actos de intimidación y que no son capaces de reaccionar y empatizar con las víctimas, en ocasiones volviéndose incluso apoyadores del intimidador. El bullying, de acuerdo a las descripciones que hacen las víctimas, es un acto deshonroso e indigno que afecta extremadamente a la víctima, humillándola y sometiéndola, y conduciendo en algunos casos a que las victimas deseen o de hecho atenten contra su vida.
Por su parte, la Declaración de los Derechos del Niño (1959) señala textualmente lo siguiente: “El niño debe ser protegido contra las prácticas discriminatorias. Si alguno es diferente al resto de los demás porque habla otro idioma, tiene otros gustos, otras costumbres, otras ideas, otra religión o viene de otro pueblo, no debe hacérsele sentir inferior o extraño, tiene los mismos derechos que los demás. Cualquiera que sea el color de la piel, de sus ojos o de su cabello, tiene derecho a ser respetado. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes”.(Principio Nº 10)
De igual manera, la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) es muy clara al señalar que “Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación; el niño tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques”. (Artículo 16)
Es interesante destacar que en la Declaración de Viena (1993) se acordó que “la no discriminación y el interés superior del niño deben ser consideraciones primordiales en todas las actividades que conciernan a la infancia, teniendo debidamente en cuenta la opinión de los propios interesados”. (Nº21)
Una característica transversal al fenómeno del bullying es, precisamente, la práctica discriminatoria por excelencia ya que comporta el hecho de inferiorizar a un estudiante por el sólo hecho de poseer algún rasgo distintivo y propio. Las formas que adopta la discriminación son múltiples y complejas, y generan marginación y exclusión. Ésta puede darse de la forma más sutil, por ejemplo con comentarios degradantes, actitudes negativas, restricción de oportunidades, etc. hasta actitudes deliberadas como la negación de servicios, persecuciones, tratos crueles e inhumanos y crímenes por odio hacia algún grupo en particular. En consecuencia, todas las formas de discriminación, entre ellas el bullying, son un atentado a los derechos humanos de las personas.
Los instrumentos internacionales de derechos humanos han hecho mucho hincapié en la erradicación de todo tipo de discriminación partiendo por la propia Declaración Universal de los Derechos Humanos, que hizo del principio de igualdad una norma jurídica. Por su parte, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) los principios de no discriminación e igualdad están reconocidos transversalmente en este Pacto. Al igual que lo están en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966), que señala textualmente:
“Todo niño tiene derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado".(Artículo 2).
Cabe hacer notar, además, que la Comunidad Internacional ha ido elaborando instrumentos específicos en relación a grupos que han sido objeto de severas discriminaciones históricas. Entre estos, se ubica la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (1960); la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1965); la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (1967), que garantiza la igualdad de derechos de hombres y mujeres en cuanto al goce de los derechos económicos, sociales y culturales; la Declaración de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones (1981); la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo (2006); la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes (2005).
Al respecto, la literatura especializada referida al bullying da cuenta de una serie de investigaciones que intentan estudiar la asociación que existe, precisamente, entre los grupos que históricamente han sido objeto de violación en sus derechos y de discriminaciones y el fenómeno del bullying. De hecho, las tensiones relacionadas con la orientación sexual, el género, la raza/etnia, la discapacidad, la religión y la cultura, la clase social y la situación económica, entre otras, a menudo conducen a una amplia gama de comportamientos que pueden calificarse de bullying.
Es así como se ha estudiado el bullying homofóbico, que se vincula con conductas de maltrato que toman como objeto la orientación sexual de la víctima;,.;.; la relación entre bullying y género, especialmente la intimidación con las estudiantes de sexo femenino el bullying racista o xenófobo que dice relación con la intimidación por razonesétnicas, de inmigrantes y religiosas ;; ; bullying con estudiantes discapacitados, es decir que tienen habilidades especiales: bullying y situación económica y social en la que ha detectado que existe una asociación significativa entre el nivel de inequidad de ingresos en los países y el bullying escolar en estudiantes .
Por último, deseamos reiterar una vez más que el bullying escolar es una clara manifestación de violación a derechos humanos fundamentales de los y las estudiantes ya que, por un lado, hay un intimidador/ victimizador o grupo que se proponen de manera intencional y premeditada producir daño, de menoscabar la dignidad del Otro/Otra, de humillarlo(a), de denigrarlo(a),de discriminarlo(a) haciendo uso de diferentes formas de agresión( física , verbal ;agresión indirecta) y, por el otro, asume particularidades y consecuencias muy cercanas a la violación de derechos que se caracteriza por desequilibrio de fuerzas entre el victimario y la víctima y un abuso arbitrario y desmedido del poder por parte de los o las intimidadores(as) y la víctima que lleva a ésta a un estado de indefensión con graves consecuencias para las víctimas.
Más aún, la cercanía entre bullying y la violación a los derechos humanos se refiere a la repercusión social - perdurable en el tiempo- que ambas poseen. En el caso de la violación de los derechos humanos, especialmente los civiles y políticos, hay efectos directos sobre la cohesión social, cultural y política de una sociedad. El bullying escolar tiene consecuencias negativas sobre el clima y la convivencia escolar que genera estados emocionales que impactan en la sala de clases.
En definitiva, los antecedentes teóricos revisados nos permiten levantar nuestra propuesta de atención y prevención del bullying escolar desde una perspectiva de los derechos humanos, bajo el principio de que en la medida en que las instituciones educacionales y los diversos actores que la componen -en especial los y las estudiantes- tengan conocimientos respecto a los derechos humanos, desarrollarán actitudes y actuarán en concordancia con los principios éticos que avalan el legado de los derechos humanos, por lo que en consecuencia el bullying escolar se verá disminuido.
2. Objetivos del programa
La estrategia de atención y prevención del bullying escolar en la perspectiva de los derechos humanos se propone que las instituciones educacionales, sus directivos, sus profesores, los padres y por sobre todo los y las estudiantes, logren los objetivos siguientes:
ü Entender, tomar conciencia y actuar en consecuencia respecto a la relación que existe entre el fenómeno del bullying escolar y los derechos humanos;
ü Desarrollar en los estudiantes una serie de competencias básicas que los refuerce como sujetos de derechos y desde ahí disponerse a participar activamente en la atención y prevención del bullying;
ü Proporcionarle a las instituciones educacionales y por sobre todo a los docentes, de un currículum en competencias básicas, y de una propuesta pedagógica, didáctica y evaluativa para atender, intervenir y prevenir el bullying.
3. Metodología de trabajo
La metodología de trabajo que desarrolla la propuesta de intervención para atender y prevenir el bullying desde una perspectiva de derechos humanos, se articula principalmente en torno a tres ejes:
· Un currículum escolar formador por sujetos de derecho, con un enfoque en competencias básicas y específicas;
· Una pedagogía y una didáctica crítica y problematizadora, que permita que los estudiantes analicen las consecuencias y conflictos que el bullying confronta en su relación con los derechos humanos;
· Algunas sugerencias respecto a las modalidades de evaluación que la propuesta tiene para medir si el bullying ha decrecido. .
a) Currículum:
En primer lugar, es importante hacer notar que el currículum se ha diseñado en torno a una serie de competencias básicas y específicas que se espera que los y las estudiantes logren, con el fin de que se construyan como sujetos de derecho, lo que en definitiva los capacitará para enfrentar el fenómeno del bullying escolar en sus diversas formas. Estas competencias tienen un comportamiento sistémico, es decir, son más que una suma de competencias aisladas, en la medida en que se retroalimentan constantemente entre sí y se hacen interdependientes
En segundo término, el currículum por competencias básicas no constituye una asignatura, sino que deben infundirse e incorporarse integral y transversalmente en el Proyecto Educacional Institucional, en la cultura escolar, en los reglamentos de convivencia escolar y por sobre todo en los contenidos y actividades de los programas de estudios de las diversas asignaturas que conforman el currículum oficial que ha sido elaborado por el Ministerio de Educación. En otras palabras, se trata de que la institución escolar integralmente haga suya la consumación de las competencias y que éstas estén presentes en todo el quehacer institucional
En tercer lugar las competencias básicas son transferibles, a diferencia de los contenidos específicos, pues se aplican en múltiples situaciones y contextos para conseguir distintos objetivos, resolver situaciones o problemas variados y realizar diferentes tipos de trabajos. Además, son integradoras, a diferencia de los contenidos específicos, porque combinan conocimientos (“saber”), destrezas (“hacer”) y actitudes (“querer”).
Por último, es relevante señalar que el desarrollo de las competencias básicas y específicas no sólo son condición necesaria para lograr atender y prevenir el fenómeno del bullying en la escuela, sino que además, y concomitantemente, son competencias que serán útiles a lo largo de la vida del estudiante, facultándolo para desenvolverse en las distintas situaciones y contextos sociales y culturales en que les tocará actuar.
Es importante hacer ver que las competencias básicas y específicas que se espera que los estudiantes alcancen -y que a continuación se enlistan- son aquellas que la experiencia en educación en derechos humanos ha mostrado como las centrales y más relevantes, sin que esto signifique que no existan otras competencias que puedan eventualmente contribuir también a la formación del sujeto de derechos
Entre las competencias que hemos seleccionado cabe mencionar las siguientes:
i. Me construyo y actuó como sujeto de derechos
Un currículum con perspectiva de derechos humanos tiene como propósito central e ineludible el de contribuir a que los estudiantes se construyan como Sujetos de Derechos, es decir, tener la capacidad de hacer valer los derechos propios y de los demás en todas las instancias de la vida; comprendiendo que el bullying escolar es un comportamiento en el que se conculcan los derechos humanos .Un sujeto de derechos es aquel que es capaz de darle sentido a su existencia, elaborando proyectos de acción y de vida personal y colectivos, en donde los principios éticos y normativos de los derechos humanos son el eje articulador de éstos proyectos.
Ahora bien, dado que los derechos humanos se dan en la interacción con los demás, los proyectos personales se construyen en el diálogo con los proyectos de los otros y otras para así encontrar puntos de confidencia y de encuentros. Aceptando desavenencias y desencuentros, que eventualmente puedan surgir, siempre y cuando los proyectos no tengan un componente violador de derechos.
El sujeto de derechos tiene una postura transformadora, conducente a bregar porque los derechos de todos y todas sean reconocidos y atendidos en justicia y en dignidad. En este sentido, los y las estudiantes sujetos de derechos, hacen de sus proyectos una instancia emancipadora, como lo diría Pablo Freire; una instancia de empoderamiento personal y colectivo y de entender que los derechos son exigibles, inalienables, irrenunciables e interdependientes. En este contexto, los proyectos personales y colectivos, desde una óptica de los derechos humanos, son un componente fundamental para atender y prevenir el bullying escolar.
En términos más específicos se espera que los y las estudiantes sean capaces:
- En el plano cognitivo, por ejemplo:
ü Conocer, comprender y analizar los fundamentos históricos, éticos y políticos que definen y caracterizan a los derechos humanos. y algunos de los instrumentos internacionales y nacionales en los se consignan los derechos fundamentales que los países han suscrito y se han comprometido hacer vigentes.
ü Conocer y analizar, entre otros documentos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), la Declaración de los Derechos del Niño (1989) y la Convención sobre los Derechos del Niño. ü Saber e identificar cuales son las instituciones, instancias y autoridades internacionales y nacionales a las que se pueda acudir para, por un lado, exigir la vigencia de sus derechos y el de los demás y, por el otro, para notificar cuando sus derechos y el de los otros/otras han sido conculcados.
ü Entender que los planes de acción y proyectos de vida no son prerrogativas exclusivas de los adultos, sino que se formulan a toda edad, con los niveles de profundidad que sus desarrollos cognitivos y emocionales ameritan; comprendiendo que todos y todas somos seres con sentido de existencia. Además, que sean capaces de establecer similitudes y diferencias entre un proyecto de vida personal y un proyecto de vida colectivo; en donde el respeto a los derechos humanos es un componente transversal y ético de estos proyectos
- En el plano actitudinal – valórico, por ejemplo:
ü Tomar consciencia que el fenómeno del bullying contraviene y vulnera los derechos humanos.
ü Estar dispuesto estar dispuestos a revelar y defender -con información fidedigna- situaciones que violan a los derechos humanos propios y de los demás , al interior de las escuela, familia, comunidad.
- En el plano comportamental, por ejemplo:
ü Pedir y exigir que se administren acciones tendientes a reparar las consecuencias del bullying; se organizan y levantan propuestas concretas para salir en resguardo de la vigencia de los derechos humanos. Se espera que se constituyan en grupo anti-bullying que forme parte integral de un plan de acción colectivo.
ii. Desarrollando la capacidad de tolerancia, de no discriminación y la habilidad de convivir con la diversidad cultural y social
Esta competencia constituye la plataforma sobre la que se asienta la perspectiva de derechos humanos para atender y prevenir el fenómeno del bullying en la escuela. Esta competencia se relaciona con una serie de valores a las que la educación en derechos humanos propende, y que reafirman la calidad de sujeto de derechos, como son la tolerancia, la no discriminación, la solidaridad, la responsabilidad, el reforzamiento de la identidad propia en el reconocimiento de otras identidades; la igualdad de todos los seres humanos; la libertad, el respeto a la multiplicidad de manifestaciones religiosas y espirituales, de orientaciones sexuales, de género, de capacidades múltiples etc. Por sobre todo, tiene relación con la acogida y reconocimiento del Otro/Otra como un legitimo Otra/Otro. En efecto, uno se hace sujeto de derechos en la medida en que se asume una responsabilidad ética con el otro/otra igual a mí, aunque distinto, como responsabilidad para lo que no es asunto mío o que incluso no me concierne; o que precisamente me concierne. Esta responsabilidad es el componente básico de una intervención anti-bullying en la escuela.
En términos más específicos se espera que los y las estudiantes sean capaces de:
- En el plano cognitivo, por ejemplo:
ü Saber y comprender que el fenómeno del bullying contraviene y vulnera una serie de derechos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en una serie de otros instrumentos internacionales; tomando conciencia que el bullying escolar es una manifestación clara de intolerancia, discriminación e incapacidad de convivir con la diversidad cultural y social; que niega la existencia de una variedad no coincidente de creencias, convicciones, sentimientos y puntos de vistas y que es una relación de poder asimétrico que conlleva abusos y atentados contra una forma de convivencia sana, democrática y pacifica. ü Comprender que la tolerancia, la no discriminación y la capacidad de convivir con la diversidad cultural y social no refiere únicamente a los grupos étnicos, a otros grupos que históricamente han sido y son excluidos y discriminados (como son las mujeres, las personas con capacidades intelectuales, físicas y emocionales diferentes, los homosexuales y lesbianas, los que profesan religiones o formas espirituales diversas, inmigrantes), sino que también incluye a todas las personas que tienen particularidades propias como son las características físicas, psicológicas, emocionales e intelectuales: es decir, que cualquiera puede ser víctima de bullying.
- En el plano actitudinal –valórico, por ejemplo:
ü Estar dispuestos a dialogar y analizar, sin tapujos ni temores, respecto al tema del bullying, con sus compañeros, profesores y padres, y asumiendo que siempre es positivo recibir críticas y opiniones distintas a las propias. En este sentido, estar listos a actuar, sin reparos y evasivas frente a manifestaciones de exclusión, de intolerancia y de discriminación, y de abuso indebido de poder que el bullying conlleva. En otras palabras, tienen una actitud de rechazo y de no aceptación frente a la intimidación. De esta manera, asumen una actitud crítica que les permite analizar sus propios prejuicios y estereotipos y conductas intolerantes, así como las de los demás.
- En el plano comportamental, por ejemplo:
ü Enfrentados a situaciones de intimidación, discriminación y exclusión de algunos estudiantes en que se menoscaba el derecho que le asiste a todos y a todas a participar de una vida escolar sana, sin temores y desconfianzas, reaccionan con entereza y decisión, sin claudicar y renunciar a los principios básicos que sustentan a una convivencia democrática y amistosa, en que se respeta principalmente la dignidad irrestricta de todas las personas independientemente de su origen.
ü Frente a discrepancias y conflictos con los demás, propio de las situaciones de intimidación ponen en juego las habilidades intelectuales y emocionales para enfrentar la situación en forma pacífica. Para ello, identifican áreas de acuerdo y desacuerdo y comprenden que cada uno/una habla desde su propio posicionamiento y experiencia histórica, cultural y social
iii. Construyendo Capital Social y Emocional
La competencia básica vinculada con el capital social y emocional es un componente muy indispensable para prevenir la violencia y el bullying en las instituciones escolares, dado que crea redes de confianza y apoyo. La investigación y la literatura así lo constatan. Este ámbito de competencias intenta que las y los estudiantes, desde edades tempranas, aprendan a desarrollar redes sociales como son los lazos de parentesco, las redes comunitarias informales, las organizaciones sociales, los grupos infantiles y juveniles, etc. El mantenimiento de estos vínculos de confianza permite obtener beneficios en forma de flujos de solidaridad, capacidad de defensa de intereses y derechos, obtención de información, etc. Los y las estudiantes aprenden a crear grupos afectivos de amigos cercanos que comparten los mismos gustos, estilos de vida y valores. Se trata, en definitiva, de desarrollar en los y las estudiantes conocimientos, actitudes y valores como la confianza interpersonal, la asociatividad, fundadas en enlaces de afinidad y compañerismo y en sentimientos de respeto mutuo y solidaridad, de reciprocidad y cooperación; todos aprendizajes que mejoran la eficiencia de la institución educativa y son catalizadores del fenómeno del bullying.
Ahora bien, el desarrollo del capital emocional –que se vincula estrechamente con el capital social – compromete el desarrollo de una serie de otras competencias relacionadas, por ejemplo, con el conocimiento de sí mismo, con la tolerancia a la frustración, la empatía, la autoestima, sentimientos de solidaridad, respeto por las normas, etc.
En términos más específicos se espera que los y las estudiantes sean capaces de:
- En el plano cognitivo , por ejemplo:
ü Conocer las normas que rigen la convivencia social tanto en la comunidad, el hogar y la escuela; comprendiendo críticamente la racionalidad sobre las que estas normas se han construido y entienden que al aceptarlas se está contribuyendo a crear un medio en que todos y todas pueden actuar en la confianza mutua.
ü Entender que en una convivencia basada sobre la confianza están en juego cualidades y valores sociales y morales como la lealtad, la honestidad, la rectitud, la sinceridad, la franqueza entre las personas.
ü Comprender que en toda relación humana hay situaciones tensiónales y conflictivas como lo hay en el bullying y que, por consiguiente, hay necesidad de disponerse a analizar los asuntos e intereses que están en juego (poder, reconocimiento de meritos, división roles, equidad), así como el origen del conflicto y las posturas de todos los lados, aceptando que hay posiciones diferentes.
- En el plano actitudinal-valórico, por ejemplo:
ü Tener la disposición para participar en asociaciones cívicas diversas, tanto al interior de las escuelas como en sus localidades y comunidades cuyos miembros se comprometen en acciones colectivas.
ü Tener una actitud abierta para integrarse y crear redes sociales que van más allá de las redes primarias: familias, colegios, amigos; como pueden ser grupos de voluntariado, movimientos sociales, agrupaciones artísticas y culturales, partidos políticos, asociaciones juveniles, etc.
ü Valorar la construcción de redes de confianza impulsando acciones que revelan su capacidad de confiar en las personas con las que interactúan permanentemente: padres, profesores compañeros, amigos e incluso con aquellos con los que tratan por primera vez, tomando las prudencias del caso.
- En el plano comportamental, por ejemplo:
ü Ser capaces de crear redes de estudiantes que se organizan para enfrentar situaciones de bullying demostrando la habilidad intelectual y emocional para enfrentar estas situaciones conflictivas en forma pacífica.
ü Ser capaces de identificar áreas de acuerdo y desacuerdo y comprenden que cada uno/una habla desde su propio posicionamiento y experiencia histórica, cultural y social. Dicho de otra manera, que todos y todas tienen derecho a la palabra cualquiera sea el rol que asuman en el fenómeno del bullying.
iv. Capacidad de autorregulación social y emocional
La autorregulación social y emocional es un proceso integrado y transversal al conjunto de todas las competencias y que esta estrechamente relacionada con el comportamiento de victimarios, victimas, testigos y todos los que directa o indirectamente intervienen en el bullying La autorregulación social y emocional se desarrolla desde edades tempranas a medida que se crece y se participa en situaciones de interacción social. Desarrollar esta competencia no solo predispone a los y las estudiantes a ser personas responsables ante sí mismo y ante los demás, sino también a ser personas autónomas que haciendo uso de su libertad, tiene presente la libertad de los otros y se comporta fraternal y solidariamente con ellos, condición necesaria para atender y prevenir el bullying.
La competencia de autorregulación influye en aspectos como la empatía, el control de impulsos, la resolución de problemas, el control de la ira, el reconocimiento de similitudes y diferencias entre personas, los procesos de comunicación y relación interpersonales, los pensamientos funcionales/disfuncionales o procesos de confrontación de situaciones estresantes. Todos ellos comportamientos estrechamente vinculados con el fenómeno del bullying. No hay que olvidar que el bullying se caracteriza, por lo general, por la falta de empatía con el Otro/Otra, con el descontrol, el arrebato y con situaciones de mucho estrés, es decir con la incapacidad de controlar la conducta.
La autorregulación se la ha definido como la capacidad de gestionar adecuadamente las emociones, impulsos y recursos internos conducentes a la auto-corrección que se da ante discrepancias, índices de peligro inminente o estados motivacionales conflictivos.
En términos más específicos se espera que los y las estudiantes sean capaces de:
- En el plano cognitivo, por ejemplo:
ü Conocer, comprender y valorar la importancia de la autorregulación y ciertos procedimientos que se emplean para auto controlar la propia conducta, generando criterios evaluativos y de crítica que orientan su decisión. En otras palabras, entiendan que la autorregulación es el mecanismo intelectual y emocional que deben emplear con el fin de no caer en prácticas, a veces tentadoras, que ponen en riesgo a los demás y, directa o indirectamente, a ellos mismo.
ü Saber y comprender que en el medio social en que se desenvuelven, una conducta de autocontrol puede causarles tensiones, conflictos y desavenencias con los demás, principalmente si rechazan aquellas presiones que involucran conductas que violan los derechos de las personas y/o los estándares morales, sociales o culturales a los que ellos adhieren. Por lo tanto, comprendan que la autorregulación de la conducta implica una exigencia ético-ciudadana en función de la adaptación social, que se traduce no solo en un requerimiento de hacer o no hacer, sino de formarse con determinadas características propias de personalidad que les permitan ejercer el autocontrol.
- En el plano actitudinal-valórico, por ejemplo:
ü Percibir, valorar, y expresar sus sentimientos de modo oportuno, siendo capaz de controlar las emociones desagradables, negativas o estresantes, con el fin de reducir la intensidad o la duración de los estados emocionales en una situación de tensión como es el bullying.
ü Tomar conciencia que una conducta expresiva-emocional no regulada puede impactar sobre otros/otras y toman esto en cuenta en sus relaciones interpersonales.
ü Manejar y emplear información para no dejarse influir frente situaciones en las que son presionados por su medio social, por ejemplo, para el consumo de drogas o alcohol, y también actos violentos y de bullying; elaborando argumentos que les permiten afirmar su postura personal e influir sobre los demás.
- En el plano comportamental, por ejemplo:
ü Mantener la calma en situaciones de tensión, asumiendo una actitud socialmente responsable frente a sí mismos y los demás, sin dejarse influir por presiones indebidas que acarrean violación a derechos, pero a su vez mostrando una actitud abierta y ponderada.
ü Frente a situaciones de intimidación reiteradas con alguno de los o las estudiantes tienen la capacidad de rechazar aquellas presiones que involucran conductas que violan los derechos propios y el de los demás y/o los estándares morales, sociales o culturales a los que ellos adhieren. Por lo tanto, comprenden que la autorregulación de la conducta implica una exigencia ético-ciudadana en función de la adaptación social, que se traduce no solo en un requerimiento de hacer o no hacer, sino de formarse con determinadas características propias del sujeto de derechos.
ü Evaluar su comportamiento en situaciones que requieren autorregulación, en relación a metas y/o criterios personales preestablecidos. Es decir, tienen capacidad de hacer una auto evaluación de su conducta sobre la base de alguna norma referida a los derechos humanos o bien de su propia expectativa ideal. En este sentido, pueden responder a preguntas como: ¿mi comportamiento coincide con los principios que sustentan la vigencia de los derechos humanos ;¿existe una discrepancia entre mi comportamiento y el que definí idealmente?; ¿cuáles son las consecuencias de la autorregulación de mi conducta en la situación en que me encuentro y cuáles podrían ser los efectos sociales y personales si no regulo mi comportamiento?
v. Pedagogía y Didáctica
La perspectiva de derechos humanos como estrategia para atender y prevenir el bullying escolar y contribuir al logro de las competencias formadoras de sujeto de derechos, implica en el plano pedagógico, converger hacia la postura y los principios de la pedagogía crítica. Es decir, enfrentar la intimidación en la matiz de los derechos humanos requiere de una pedagogía que sea concordante y que no entre en contradicciones con los postulados básicos de los derechos humanos.
Desde esta perspectiva crítica, se trata que los y las estudiantes, por un lado, penetren en la comprensión de las relaciones de poder y dominación y tomen conciencia de como las interacciones interpersonales intimidadoras hacen uso de un poder indebido e ilegítimo y, por el otro, en la aceptación y reconocimiento del Otro/Otra igual pero distinto como un legitimo Otro/Otra.
Esto último nos introduce de lleno a lo que Pedro Ortega Ruiz (2004) denomina “pedagogía de la alteridad”. Este autor, después de hacer una crítica al paradigma tecnológico de la educación, señala que “el proceso educativo se inicia con la mutua aceptación y reconocimiento de maestro y alumno, en la voluntad de responder del otro por parte del profesor, en la acogida gratuita y desinteresada que presta al alumno de modo que éste perciba que es alguien para el profesor y que es reconocido en su singularidad personal. Sin reconocimiento del otro y compromiso con él no hay educación. Por ello, cuando hablamos de educación estamos evocando un acontecimiento, una experiencia singular e irrepetible en la que la ética se nos muestra como un genuino acontecimiento, en el que de forma predominante se nos da la oportunidad de asistir al encuentro con el otro, al nacimiento (alumbramiento) de algo nuevo que no soy yo”.
En esta misma concepción pedagógica Bárcena y Melich,(2000) hacen referencia - como propuesta ética- a términos como el de “acogimiento” con el Otro / Otra; de “hospitalidad “ con el Otro /Otra. Por su parte ,Emmanuel Levitas(2000) - filósofo de la alteridad por excelencia-vincula la ética con la “responsabilidad” con el Otro /Otra. Entendiendo “la responsabilidad como responsabilidad para con el Otro, como responsabilidad con el otro, así pues, como responsabilidad para lo que no es asunto mío o que incluso no me concierne; o que precisamente me concierne, es abordado por mí como rostro”.
Levinas, va mucho más allá del concepto corriente que tenemos de la responsabilidad y de la aproximación hacia el otro u otra. Por lo general, existe una responsabilidad intencionada, una aproximación al otro porque me es conocido, por que espero una reciprocidad. A veces soy responsable del otro por un sentimiento de culpa, por que debo tranquilizar mi conciencia. Levinas sostendrá: “Yo soy responsable del otro sin esperar la recíproca, aunque ello me cueste la vida”.A reglón seguido trae una frase de Dostoievski: “Todos nosotros somos culpables de todo y de todos ante todos y yo más que los otros”.La tendencia generalizada ha sido a reducir al Otro/ Otra a lo mismo, o utilizarlo con ciertos fines o propósitos en muchos casos en desconocimiento del Otro/Otra u ocultando las verdaderas intenciones de la relación.
Para Levinas la adaptación del Otro/ Otra a lo Mismo no se obtiene sin violencia”14, es reducir lo múltiple a la totalidad. Podría decirse que, reducir al Otro/Otra a mí mismo es no sólo violencia sino que dominación, es ejercer sobre el Otro/Otra un poder arbitrario es en definitiva, aniquilar la diversidad subsumiéndola a la homogeneidad.
Creemos no equivocarnos que la pedagogía de la alteridad se ordena completamente al fenómeno del bullying, en donde,.como ya se ha señalado , impera la violencia como mecanismo de dominación y un uso ilegitimo del poder. Atender y prevenir el bullying desde esta posición significa crear condiciones para que todos los y las estudiantes que participan con uno u otro rol en el bullying, aprendan a mirar, a escuchar, a sentir, a vigilar al Otro/Otra. Se trata de la construcción de un lenguaje, una cultura, una conciencia que pregunta sin reparos, sin condiciones, sin búsqueda de reciprocidad. De suerte que frente a la pregunta : ¿Dónde esta tú hermano ?. No responde con un ¡acaso yo soy guardián de mi hermano¡ . No contesta acerca del Otro/Otra con evasivas, con excusas, con dilaciones.
En efecto, la perspectiva en derechos humanos para atender y prevenir el bullying escolar es una estrategia que hace que los estudiantes sean vigilantes del Otro/Otra indistintamente de su origen o procedencia, de su ubicación social o cultural, de su género o étnica, de su edad, de su orientación sexual, de su adscripción religiosa o espiritual. Sin embargo, exige que estén más alertas con aquellos grupos que históricamente han visto sus derechos atropellados y violados y su dignidad humillada. De esta forma, la estrategia asume un ethos ético- político en la procura de la eliminación de las discriminaciones, la marginación y la estigmatización.
Ahora bien, la traducción didáctica de los principios pedagógicos que hemos esbozado induce a tener en cuenta lo que sigue:
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En primer lugar, es importante hacer ver que las competencias que comprometen la estrategia se logran en la medida que son practicadas una y otra vez en circunstancias distintas y variadas. Por consiguiente, es importante que de manera deliberada se creen situaciones muy diversas y recurrentes para que los estudiantes tengan la oportunidad de practicar las competencias que se pretende desarrollar. Es un error pensar que estos aprendizajes pueden ser alcanzados a través de una sola actividad esporádica y aislada. En este sentido, la consigna es “una vez no basta”; realizar actividades aisladas y dispersas no contribuirá demasiado, a desaprender actitudes y comportamientos que inducen al bullying. Se requiere de un trabajo constante y reiterado. En otras palabras, los conocimientos, actitudes y habilidades que cada una de las competencias involucra, precisan una ejercitación permanente; los valores a los que apuntan pueden ser apropiados a través de reiteradas experiencias de vida; los múltiples conceptos que articulan el curriculum son complejos y suponen diversos niveles de análisis, discusiones y aplicaciones. Así por ejemplo, si se desea que los y las estudiantes asuman una actitud y un comportamiento de rechazo frente a situaciones de bullying que comprometen el menoscabo de la dignidad de las personas, debieran crearse múltiples y diversas actividades para que tengan oportunidad de conversar, discutir y deliberar al respecto ,analizando tanto las las estrategias en las que debieran participar de pevención como de atención de las consecuencias que el bullying acarrea no sólo a las victimas y victimarios sino que a la escuela integralmente, a las familia, y a la comunidad. Las actividades a llevar a cabo deben ajustarse a los distintos niveles de desarrollo educacional , intelectual y emocional de los y las estudiantes.
En segundo término, el logro de las competencias se ve reforzado en la medida que se crea un ambiente propicio para su desarrollo. La coherencia entre lo que se dice y lo que se hace es parte importante de este ambiente. Esta coherencia se da tanto al interior de cada actividad, como de las diversas actividades entre sí. Es preciso-aunque no siempre resulta fácil- que la metodología que se emplee de cuenta explicita como implícitamente de un grado importante de consistencia con la propia doctrina de los derechos humanos. Es necesario, también, que los derechos humanos traspasen toda la práctica docente, que se conviertan en un sello del estilo docente. Es así como sería incoherente que a continuación de una actividad que promueve discursivamente ciertos valores referidos a los derechos humanos como son la tolerancia, la no discriminación, el respeto y el reconocimiento y promoción de la diversidad cultural y social ,la cultura escolar y la práctica docente sea autoritaria y antidemocrática. Es fundamental, entonces, que la didáctica de enseñanza y de aprendizaje sea concordante con los principios e ideas fuerza que orientan la educación en derechos humanos, Dicho de otra manera , no se sacaría nada si a continuación de un alocución referida al bullying en su relación con los derechos humanos ,en la práctica docente, se estableciera una relación autoritaria y jerárquica.
En tercer lugar, el bullying en su relación con los derechos humanos esta estrechamente vinculada con la multiplicidad de situaciones de la vida cotidiana de la institución educativa. Por lo tanto, hay necesidad de rescatar, recuperar, clarificar estas situaciones; no dejar que los actos de intimidación pasen inadvertidos, que se silencien o se oculten. En el plano de la educación en derechos humanos en su vinculación con el bullying , no es posible dejar que las cosas sucedan sin que dejen rastros, impidiendo que se resignifiquen y se aclaren. Es el momento de mostrar que el bullying constituye una violación a los derechos humanos, es una severa manifestación de intolerancia y discriminación. La sugerencia didáctica, entonces, es que el docente esté en una situación de dialogo permanente con sus estudiantes y los motive a que sean participes activos en la búsqueda de soluciones que el bullying plantea. Los y las estudiantes son orientados por el docente en la búsqueda e investigación de la información referida a los instrumentos normativos, legales e institucionales nacionales e internacionales referido a los derechos humanos en su relación con el bullying. Es importante que sean los propios alumnos y alumnas los que analicen grupalmente la información recolectada. De esta manera pasan de ser receptores pasivos a productores activos de conocimientos. No se trata que repitan sin comprensión por ejemplo, las muchas declaraciones, pactos, convenciones, resoluciones, leyes y normativas referidas a los derechos humanos. Por el contrario, en debates, paneles, foros, buscan los diferentes significados que para sus vidas tiene todos estos instrumentos, como se relacionan con el fenómeno del bullying y con sus vivencias y sentimientos. La expresión libre de las emociones y afectividad es un componente fundamental del conocimiento de los derechos humanos. El rescate de la subjetividad y la comunicación intersubjetiva de los estudiantes es el que finalmente construye al sujeto de derechos. Para dar un ejemplo, en vísperas del 10 de Diciembre día que se conmemora la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es deseable que los y las estudiantes investiguen su historia, den razón del por qué de ella, el significado que esta tiene para la humanidad toda. Interesa, de manera preferente, que los y las estudiantes digan cuál o cuáles de los artículos de la Declaración se vinculan directa o indirectamente con el bullying; cuáles artículos son los que al parecer de ellos y ellas son conculcados.
Finalmente, queremos sugerirle a los docentes que asuman el fenómeno del bullying desde una postura problematizadora, es decir enfrentando los problemas y tensiones que éste conlleva. En efecto, el bullying, así como , otras situaciones que comprometen los derechos humanos comportan múltiples problemas y tensiones que no pueden soslayarse. Cabe hacer notar, que en muchas ocasiones la escuela no desea que los estudiantes confronten los problemas ligados al autoritarismo, a la intolerancia, a las discriminaciones, a la marginación y a la propia intimidación
Los rasgos que definen a la postura problematizadora pueden resumirse de la manera que sigue:
Una didáctica problematizadora que aborda el fenómeno del bullying desde la perspectiva de los derechos humanos les presenta a los y las estudiantes situaciones, ejemplos, relatos y testimonios problemáticos que les permiten analizar las relaciones de poder que están en juego; induce a que cuestionen críticamente el carácter interrelacionado, interdependiente e indivisible de los derechos humanos. Al respecto es posible hacer uso, por ejemplo, de videos, películas textos de personas que han sido intimidadas y en consecuencia violadas sus derechos por el sólo hecho de pertenecer a grupos que históricamente han sufrido de la injusticia, la exclusión, la marginación, la persecución, la discriminación, la violación sistemática e institucionalizada de su dignidad humana, como han sido y todavía los son las mujeres, los grupos indígenas, los judíos, los homosexuales y lesbianas, los discapacitados, los pobres, los ancianos, los niños, los jóvenes, los inmigrantes etc. En este sentido, se trata de esclarecer el subyacente ético- político; histórico -social que las discriminaciones e intolerancias conllevan y se invita a los y las estudiantes a que se sumen a la lucha contra el racismo, la xenofobia, el antisemitismo, la homofobia, el edadismo, el sexismo, y otras tantas intolerancias conexas.
En síntesis, una didáctica problematizadora tendiente a atender y prevenir el fenómeno del bullying en la perspectiva de los derechos humanos está éticamente compelida a abordar sin tapujos, sin silenciamiento y ocultamiento el fenómeno de la intimidación, por doloroso que, en algunas ocasiones, esto sea. No hay educación en derechos humanos en el silencio escondido del momento en que la violación se presenta frente a nuestros ojos El silenciamiento es intrínsecamente anti educativo. La educación en derechos humanos está llamada a esclarecer, a ilustrar, a expandir la mirada. En el silencio, esto es imposible. No es el silencio de la reflexión, de la duda de la contemplación, sino que es el silencio del miedo de enfrentar los problemas que el bullying conlleva.
Con fines didácticos hemos distinguido tres momentos centrales del modelo problematizador que hemos esbozado y que orientan la estrategia de prevención del bullying desde la perspectiva de los derechos humanos:
A. Momento del Diagnóstico, es aquel en el que los y las estudiantes identificarán algunos problemas que se vinculan con el bullying en su relación con los derechos humanos. Ellos/as ubican problemas que emergen desde las tensiones, conflictos y/o contradicciones que confrontan en su escuela, en la prensa, en Internet, en sus comunidades etc.
B. Momento de Selección del problema a trabajar, es aquel en el que los y las estudiantes de la serie de problemas identificados, seleccionan y fundamentan aquel que será objeto de profundización y análisis. La fundamentación debe señalar por qué se eligió el problema entre tantos otros. Este momento es importante ya que permite que los y las estudiantes tomen conciencia de la urgencia que algunos problemas tienen. Además la selección se realiza a través de un diálogo y una deliberación que les permite ir percatándose de las diversas situaciones conflictivas que se confrontan y las consecuencias que el problema tiene para ellos y su comunidad escolar, y sus familias.
C. Momento de Elaboración, una vez que ya se tiene seleccionado el problema/bullying, debe hacerse una práctica de delimitación del problema. Se precisa con claridad cuál es el problema, se identifica el núcleo central del problema, se determinan los conceptos y principios que comprometen el problema. Hay que precisar ¿qué es lo que hace que la situación se convierta en problemática?
D. Momento en las que se levantan alternativas de solución: que precisa como se piensa que el problema debe solucionarse, cuáles son las acciones que deben tomarse. En la solución se debe ser bien realista y concreto. Son a veces recomendaciones u otros compromisos personales y colectivos para intervenir directa y activamente en la solución del problema, contribuyendo con soluciones concretas. Las soluciones siempre implican un compromiso actitudinal y valórico. Las soluciones referidas al fenómeno del bullying son aquellas que conducen a que las y los alumnos intervengan directa y activamente sobre el problema, contribuyendo con respuestas concretas. Por ejemplo, realizar campañas anti-bulling; efectuar foros y debates y conferencias referidas al bullying; conversar con los que participan o presencian situaciones de bullying; involucrar a los padres, profesores, directivos y personal de apoyo. Por sobre todo, las soluciones deben tender a que los y las estudiantes desarrollen una disposición comprometida frente al bullying, una toma conciencia de los derechos humanos que están comprometidos en el problema, un estado de empatía, un deseo de tomar partido y no ser indiferente.
4. Evaluación de Impacto
Como toda estrategia de intervención, la que hemos propuesto requiere de ser evaluada permanentemente, con el fin de percatarse de sus resultados y de su impacto. La evaluación debe tomar en cuenta aspectos como los siguientes:
Ø Las competencias básicas y especificas que se han identificados con anterioridad, son la herramienta principal para la recolección de evidencias de aprendizaje durante todo el proceso pedagógico y didáctico que se desarrolla en torno al bullying. El logro de estas competencias permite formarse un juicio, o sea, saber si están en proceso de ser alcanzadas.
Ø La verificación acerca de si las competencias básicas son alcanzadas no es algo observable directamente, por lo que hay necesidad de traducirlas en indicadores de logro, los que entregarán indicios si los y las estudiante están en vías de adquirirlas. Además serán los indicadores de logro los que permitirán, concomitantemente, valorar si los y las estudiantes se están formando como sujeto de derechos.
Ø Por su parte, se entiende las competencias básicas, en especial las específicas, son procesos de desarrollo por consiguiente no hay necesidad de evaluarlas todas. Corresponde, con ciertos criterios teóricos y fundamentalmente con datos empíricos, determinar cuáles son las competencias que entregan la mejor información para saber si están impactando en la disminución del bullying escolar. Así por ejemplo, si los y las estudiantes crean redes de apoyo y confianza entre ellos/ellas constituye, por cierto, un índice importante del que el fenómeno bullying está siendo atendido y prevenido. Al igual, si se observa que hay menores denuncias de ocurrencia de bullying en la cual es un buen indicador de logro,
En este sentido, a medida que los docentes van trabajando pedagógica y didácticamente en torno al fenómeno del bullying, se podrá ir recopilando y acumulando cierta cantidad de información, con referencia al conjunto de las competencias y las acciones que la institución está llevando a cabo para atender y prevenir el bullying. Es decir, la evaluación se considera de carácter formativo, aunque no se descarta la posibilidad de una evaluación de tipo acumulativo. Un “Cuaderno de Registro” del docente y un “Portafolio” en donde los estudiantes consignan sus propios avances respecto a la atención y prevención del bullying son excelentes dispositivos de evaluación formativa que se pueden emplear.
La elaboración de pruebas que midan el logro de conocimientos respecto, por ejemplo, a los instrumentos y normativas de derechos humanos, en su relación con el fenómeno del bullying, es un buen indicador de logro. El empleo de un cuestionario tipo Likert es un instrumentos, entre otros, que se pueden utilizar para evaluar el logro de actitudes frente al bullying.
Las entrevistas, los grupos focales, los debates en torno al bullying escolar, las acciones que la escuela sus profesores, los padres, los estudiantes realicen para sensibilizar a la comunidad escolar toda son situaciones de evaluación muy pertinentes.
Se podría señalar que indicadores muy definitorio que el bullying está en retroceso es si la escuela ha elaborado protocolos de acción, realizado campañas anti-bullying, ha creado un grupo operativo que atienda con eficacia y prontitud los casos de bullying más severo etc.
Es importante señalar que no sólo interesa evaluar el logro de las competencias, sino que además el clima escolar que es una variable que incide directamente sobre el bullying escolar
En síntesis, se puede señalar que se requiere el empleo de dispositivos diversos para evaluar si el bullying esta siendo prevenido, atendido, y por sobre todo si está siendo controlado. Es recomendable que en la elaboración y aplicación de los instrumentos de evaluación participe el colectivo de personas que están vinculados con la institución educativa, incluyendo por supuesto a las y los estudiantes que pueden aportar con su autoevaluación.
En definitiva, es importante señalar que dado que esta estrategia de atención del bullying desde una perspectiva de derechos humanos se encuentra aún en proceso de diseño, no se cuenta actualmente con datos de evaluación de impacto que pudiesen difundirse en la presente descripción. Sin embargo, es posible señalar que debido a la cercanía de este modelo con la educación en derechos humanos a la que nos hemos abocado por años (capacitando profesores, preparando materiales y por sobre todo haciendo clases en establecimientos educacionales de todos los niveles, desde básica hasta universitario), es posible adelantar y decir que la estrategia tendrá un alto impacto en la atención y prevención del bullying. La educación en derechos humanos logra la toma de conciencia por parte de toda la institución escolar y su entorno, ya que en la medida que se respetan los derechos humanos se gana no sólo en formar estudiantes, sujetos de derechos, capaces de defender los derechos propios y el de los demás, sino que también se crea un clima escolar de respeto, tolerancia, confianza, y de observancia de las normas, todo lo cual contribuye directamente a prevenir e intervenir el bullying.
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